Es el proceso formal y voluntario mediante el cual el estudiante se registra en un Programa de Estudios que se va a desarrollar en la IESPP “SJE”.
El estudiante de la IESPP “SJE” que no se matricule dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes de iniciado el proceso de matrícula y no realice la reserva de esta, pierde su condición de estudiante o lo que defina la IESPP “SJE” en el Reglamento Interno, de perder la condición de estudiante, para retomar sus estudios debe postular al Programa de Estudios y obtener una vacante, pudiendo solicitar la convalidación de los estudios realizados.
¿Cuáles son los requisitos?
NOTA:
Para los ingresantes al I Ciclo es requisito para matricularse haber alcanzado vacante en el Examen de Ingreso en su modalidad ordinario o extraordinario. La vacante del ingresante que no se matricule dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes desde iniciado el proceso de matrícula y no realice la reserva de ésta, queda liberada para ser cubierta por otro postulante que haya obtenido nota aprobatoria, en estricto orden de mérito y que no haya alcanzado vacante.
NOTA:
Para los estudiantes del II al VII Ciclo académico, es requisito de matrícula haber aprobado como mínimo el setenta y cinco por ciento (75%) de los créditos del ciclo inmediato anterior.
NOTA:
Para los estudiantes del VIII Ciclo al X ciclo académico, es requisito de matrícula haber aprobado el cien por ciento (100%) de créditos del ciclo inmediato.
Es el proceso mediante el cual el estudiante solicita el cambio a otro Programa de Estudios den la misma IESPP “SJE”
Para solicitar el traslado, el estudiante debe haber concluido y aprobado por lo menos el primer ciclo académico en la IESPP “SJE”. La solicitud de traslado debe realizarse antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente.
¿Cuáles son los requisitos?
Es el proceso mediante el cual el estudiante de otro instituto solicita estudiar su programa de estudios en el IESPP San JoseMaría Escrivá.
Para solicitar el traslado, el estudiante debe haber concluido y aprobado por lo menos el primer ciclo académico en su institución de educación superior de procedencia. La solicitud de traslado debe realizarse antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente.
La reincorporación es el proceso mediante el cual el ingresante o estudiante retorna a la EESP “SJE” luego de haber utilizado un plazo de reserva de matrícula o licencia de estudios.
La subsanación es el proceso mediante el cual el estudiante es evaluado nuevamente en un curso o módulo; o es evaluado por primera vez cuando este no formó parte del plan de estudios original. Se efectúa mediante el desarrollo de un curso de subsanación.
La subsanación puede darse por las siguientes causas:
La convalidación es el proceso mediante el cual se reconocen las capacidades adquiridas por el estudiante al validar sus calificaciones
obtenidas en un PE para aplicarse a otro de similar contenido, estimando su peso crediticio. La sola convalidación no conduce a un título o certificación, sino que permite la incorporación o continuación en el proceso formativo.
La licencia de estudios es el permiso otorgado al estudiante matriculado para ausentarse por motivos de índole personal o de salud.